En estos últimos años, desde el momento en el que llegó la crisis económica a los mercados, son muchas las familias las que han perdido su vivienda. Y lo peor de todo es que algunas hasta siguen teniendo la deuda, pese al haber sido embargadas.

Para muchos, la única alternativa que se les presenta para salir de esta situación es la de la dación en pago.

¿Qué es la dación en pago?

Esta fórmula consiste en entregar un bien con el objetivo de saltar una deuda. Al contrario de lo que nos podamos llegar a pensar, no es un recurso que tan solo se utiliza para saldar una deuda hipotecaria, si no que también se puede emplear con diferentes productos. No obstante, debido a que los embargados han estado, y siguen estando, a la hora del día, conocemos este recurso por estas situaciones desgraciadas.

Basándonos en la Ley Hipotecaria, este recurso se basaría en que el banco se encargase de la venta de la vivienda haciendo una subasta pública, al mejor postor, con el objetivo de hacer frente a la deuda y extinguirla. De esta forma, el hipotecado quedaría liberado de la responsabilidad que contrajo en el momento en el que firmaría el préstamo.

¿Pero realmente es la mejor solución?

¿La dación en pago es una fórmula tan buena como parece? Lo cierto es que sí, sobre todo en aquellos deudores que han sufrido las consecuencias dela “depreciación del precio de sus viviendas”.
Por ejemplo, supongamos que una persona compró su vivienda a un precio de unos 150.000€, pidiendo de préstamos 130.000€. Ahora las viviendas en ese lugar cuestan 80.000€. Por mucho que esta persona pusiera a la venta su vivienda, todavía le quedaría una buena deuda que asumir.

La dación el pago se presenta como una opción mejor que el hecho de seguir debiéndole dinero al banco (en el caso de que la venta de la vivienda no cubriera la totalidad de la deuda.
De cara a los bancos tampoco es una mala solución, ya que así se pueden evitar los altos costes relacionados con una ejecución hipotecaria, sobre todo en aquellas situaciones en las que los cobros puede ser algo dudosos al no existir titulares o avalistas solventes.

¿Qué requisitos se debe de cumplir para acceder a la dación en pago?

Los requisitos quedan recogidos según la Ley 6/2012 de “medidas urgentes para proteger a los deudores hipotecarios que no tengan recursos”. Lo cierto es que la ley anterior ya contemplaba esta fórmula, pero los que se podían beneficiar de la misma no eran demasiados.

Las nuevas condiciones que se establecen son las siguientes:

  • El préstamo hipotecario debe de recaer sobre la vivienda habitual.
  • Ningún miembro de la unidad familiar debe de percibir rentas de trabajo, o de actividades económicas variadas.
  • La cuota resultante no debe de ser superior al 60% del cómputo de los ingresos netos de la unidad familiar.
  • El conjunto de miembros familiares no deben de poseer otros bienes o bien derechos patrimoniales (en caso de tenerlos, deberían de hacer frente a la deuda con los mismos).
  • El préstamo hipotecario debe de esta destinado a la compra de la vivienda habitual, y esta debe de ser la única propiedad del deudor.

En el caso de que se cumplan con estos requisitos, se puede iniciar la solicitud de la dación en pago. Sin embargo, aunque se cumplan, el banco puede ofrecer una novación hipotecaría antes de concederla, y esta se podría llegar a posponer hasta 5 años.

Para solicitarla, lo primero que hay que hacer es acudir al banco e informarse de todos los pasos.